Como lo informamos en nuestra Nota de fecha 12 de septiembre de 2023, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (la “SCJN”) tenía previsto resolver en sesión de 27 de septiembre de 2023, los proyectos de sentencia de los amparos en revisión 106/2023 y 164/2023 propuestos por los Ministros Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán, respectivamente (los “Proyectos de Sentencia”). En dicha sesión la SCJN se pronunciaría sobre la constitucionalidad de diversas modificaciones y adiciones contenidas en el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo del 2021 (el “Decreto LIE”).
Sin embargo, la SCJN retiró provisionalmente de la lista de sesiones los Proyectos de Sentencia y postergó por tiempo indefinido su resolución, entre otras razones, porque previo a la sesión de 27 de septiembre, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Energía, promovió impedimentos alegando que la imparcialidad de los Ministros Luis María Aguilar Morales y Alberto Pérez Dayán se ve comprometida para discutir y resolver los Proyectos de Sentencia, por pertenecer a una asociación civil que promovió amparos en contra del Decreto LIE. La SCJN tendrá que resolver los impedimentos planteados previo a discutir los Proyectos de Sentencia.
En caso de que los impedimentos se declaren fundados ninguno de los dos Ministros en cuestión podrá discutir ni votar los Proyectos de Sentencia y se llamaría a Ministros de la Primera Sala para tomar su lugar en la sesión. En el caso particular del Ministro Pérez Dayán, si el impedimento resultara fundado, el asunto que propuso podría asignarse a otro Ministro que no esté impedido para que proponga un nuevo proyecto de sentencia. Sin embargo, atendiendo a precedentes similares, se estima que los impedimentos promovidos por el Ejecutivo Federal se declararán infundados.
Una vez resueltos dichos impedimentos, la SCJN fijará una nueva fecha para discutir los Proyectos de Sentencia.
Quedamos a sus órdenes en caso de que tengan cualquier duda adicional.