El 28 de enero de 2025, se modificaron las Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores (la “Circular Única de Emisoras” o la “CUE”), con el fin de establecer la información en materia de sostenibilidad que las emisoras de valores deberán proporcionar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la “CNBV”) para (i) inscribir valores de deuda y capital en el Registro Nacional de Valores (el “RNV”), y (ii) cumplir con sus obligaciones de divulgación periódica de información.